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Derechos del niño

                                                                        

 San Edmundo, fue coronado rey de Estanglia, a los catorce años el día de Navidad del año 855, los daneses invadieron su país, proponiéndole que abandonara su religión a lo que se negó, siendo azotado y muerto a flechazos.


    El Día Universal del Niño se celebra hoy en la fecha de la aprobación de los “Derechos del Niño”.

      Los derechos se proclamaron en 1959 y en 1989 fueron firmados por 192 países. Dejando la infancia de ser objeto de protección para pasar a ser sujeto de pleno derecho.

       Es un día dedicado a la convivencia de actividades, de fraternidad y comprensión de los niños del mundo para concienciar y promover su bienestar y sus derechos. Como bien sabemos, estos derechos no son asumidos ni respetados, siendo una vergüenza la indiferencia y pasividad de muchas autoridades, políticos, y parte de la sociedad.

     Unicef recuerda que cada día mueren 18.000 mil menores de cinco años por enfermedades como tétanos, neumonía, diarrea… todas ellas se podrían evitar con vacunas, medicamentos, agua potable y tratamiento contra la desnutrición.

      La declaración de estos derechos no son efectivas por las políticas tan débiles que impiden su cumplimiento, y la falta de seguimiento provoca que continúe la explotación de los niños. Alrededor de 150 millones de niños del mundo viven en la calle; 223 millones sufren abusos sexuales… Estos niños son pobres, hambrientos, marginados, desplazados, refugiados, hay niños en peligro por el tifón de Filipinas y los de la guerra de Siria; huérfanos abandonados o menores echados de sus casas por sus padres por no tener con que alimentarles; huérfanos por Sida; niños sin acceso a sanidad, ni educación, alimentándose de la basura, del robo o la droga, a merced de la explotación, de la violencia; secuestros y tráficos de menores… Los niños son usados en el turismo sexual, como soldados en las guerras de África, en trabajos como esclavos…

DERECHOS DEL NIÑO

-El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.

-El niño gozará de protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

-El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y una nacionalidad.

-El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, ciudadanos especiales, incluso atención prenatal y posnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.

-El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiera su caso particular.

-El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión. Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres y, en todo caso, en un ambiente de afecto y seguridad moral y material; salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su madre. La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar especialmente a los niños sin familia o que carezcan de medios adecuados de subsistencia. Para el mantenimiento de los hijos de las familias numerosas conviene conceder subsidios estatales o de otra índole.

-El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en etapas elementales. Se le dará una educación que favorezca su cultura general y le permita, en condiciones de igualdad de oportunidades, desarrollar sus aptitudes y su juicio individual, su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad. El interés superior del niño debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación; dicha responsabilidad incumbe, en primer término, a sus padres. El niño debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deberán estar orientados hacia los fines perseguidos por la educación; la sociedad y las autoridades públicas es esforzarán por promover el goce de este derecho.

-El niño debe, en todas circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.

-El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata. No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se lo dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación, o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

-El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentarla la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.


                                                                                         ¡Sí, a la vida!     Bebe%20(140)[1] 
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